Los Defensores del Pueblo de General Pueyrredón y Tandil, Daniel Barragán, Fernando Rizzi, Luis Salomón y Paula Lafourcade, con la adhesión de la presidente de la Liga de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios Marisa Sánchez, se dirigieron este lunes al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, a fin de solicitarle realice acciones pertinentes con la mayor celeridad posible tendientes a adherir el régimen de precios diferenciales del gas de garrafa, cilindro o gas licuado de petróleo a granel incluido en la Ley Nacional N° 27.637, particularmente en su Artículo 7°.
«Hemos recibido innumerables reclamos por parte de usuarios de garrafas, quienes han observado que aún no se ha aplicado el beneficio del régimen de «Zona fría» recientemente aprobado» dijeron.
El citado Artículo 7° de dicha ley, contempla el beneficio establecido en el Artículo 75 de la Ley 25.565 a la venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo, gas propano comercializado a granel y otros, en las zonas incorporadas al régimen de zonas frías. Pero en este caso del gas envasado, la Provincia de Buenos Aires debe adherir.
«Es decir, el gas natural por redes, recibe sus descuentos del 30 % o del 50 % desde el 5 de agosto, automáticamente. Pero en caso de gas envasado, debe adherir la provincia para que los usuarios tengan acceso al beneficio» sostuvieron.
Debe advertirse que quienes no tienen acceso a gas natural por redes y por tanto se abastecen de gas envasado son precisamente los sectores más vulnerables, generalmente ubicados en zonas periféricas, siendo imperioso una mayor celeridad en la aplicación de la norma en cuestión puesto que son precisamente quienes necesitan de un mayor acompañamiento y protección por parte del Estado para revertir esta inequidad, y a quienes el mantenimiento de estas desigualdades coadyuvan a que vean aún más afectados derechos humanos como son el derecho a la dignidad y la vivienda digna, pues no podemos dejar de considerar que el uso del gas es indispensable para condiciones de vivienda digna.
Si bien existe el «Programa Hogar», que se trata de una política pública que tiene como objetivo que todos los hogares no conectados a la red de gas natural puedan acceder a una garrafa, el mismo fija un precio máximo para la venta en todo el país, sin hacer distinciones entre las regiones y departamentos incluidos en el régimen de zona fría y el resto del país.
En caso de que la provincia no adhiera a la presente reglamentación, los usuarios provinciales perderán los beneficios derivados de la ley. Las autoridades provinciales deberán definir la metodología de implementación de los beneficios derivados de esta ley, las mismas pueden ser a través de cupones, bonos, tarjetas magnéticas y/o con chip o a través de distintos medios tecnológicos.
Lo solicitado al Gobernador provincial Axel Kicillof, obedece a que «desde la Secretaría de Energía de la Nación se nos informa que en virtud de lo dispuesto en la Resolución 192/2015 de dicha Secretaría, y en cumplimiento del principio constitucional del respeto a las autonomías provinciales, se estableció que las Provincias «deben adherir a dicha reglamentación para que los usuarios puedan gozar de los beneficios otorgados por dicho FONDO FIDUCIARIO» señalaron los Defensores.