Defensoría del pueblo de Tandil

Denuncias

Modelo de Denuncia

Descargue el modelo de denuncia; de esta manera agilizará el tramite.

Preguntas más Frecuentes

  • Atender reclamos o denuncias.
  • Velar por la correcta aplicación de la legislación vigente.
  • Elaborar un informe anual de su gestión que deberá presentarlo antes del 30 de mayo de cada año ante el H.C.D.
  • Solicitar informes referidos a las denuncias recibidas.
  • Formular recomendaciones o sugerencias.
  • Requerir a las dependencias municipales información y colaboración.
  • Solicitar la remisión de expedientes municipales.
  • Tener acceso a oficinas, archivos, institutos y cualquier otra dependencia municipal.
  • Solicitar la colaboración de empleados y funcionarios del Departamento Ejecutivo.
  • Publicar por medio de la prensa los asuntos de interés general, sin indicación de identidad, cuando ello contribuya a la información pública.
  • Acudir a la justicia competente cuando para el cumplimiento de sus objetivos resulte necesario, mediante las acciones que crea conveniente.
  • El defensor posee personería suficiente para representar legítimamente los derechos e intereses legítimos, individuales, colectivos y/o difusos consagrados por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y la legislación vigente de los habitantes del Partido de Tandil
  • Toda persona física o jurídica.
  • Asociaciones.
  • Entidades intermedias.
  • Grupos de vecinos.
  • Violaciones a Derechos Humanos.
  • Discriminación.
  • Violencia contra la mujer.
  • Derechos sexuales y reproductivos.
  • Derecho a la identidad.
  • Discapacidad.
  • Derecho a la salud.
  • Salud Pública.
  • Acción social.
  • Acceso a la educación.
  • Cultura y educación.
  • Ecología y arbolado.
  • Contaminación al medio ambiente.
  • Zoonosis.
  • Bromatología.
  • Obras municipales.
  • Obras particulares.
  • Alumbrado público.
  • Tránsito y transporte.
  • Impuestos y tarifas.
  • Problemas con los servicios públicos (Agua, Luz, Gas, servicio telefónico, etc.).
  • Defensa del Consumidor y del Usuario.
  • Acompañamiento ante denuncias o casos complejos.
  • Acceso a la justicia.
  • NO, puede iniciar expedientes de oficio, es decir, investigará aquellas cuestiones en las que advierta que un derecho es potencialmente vulnerado.
  • NO, las denuncias son gratuitas, así como toda actividad que se desarrolle en ámbito de la misma
  • Por vía postal
    Las cartas pueden dirigirse por correo a:
    Defensoría del Pueblo de Tandil
    Alem 792 Tandil. CP 7000
    o dejarse en sobre cerrado en cualquier dependencia municipal. Estas tienen la obligación de remitirlas al Defensor en un plazo máximo de 48 horas.
  • Personalmente
    Las presentaciones personales deben efectuarse en la dirección precitada, en el horario de 8:30 a 13:00 horas  los días, Lunes, Martes, Jueves y Viernes y el día Miércoles de 15 a 19  horas. Si Ud. no puede concurrir en el horario mencionado por razones laborales, comuníquese por teléfono para concertar una entrevista en otro horario.
  • Por e-mail a la siguiente dirección de correo electrónico: …LA QUE VAYA CON EL DOMINIO.@……
  • Por teléfono/
    Los teléfonos de la oficina del Defensor son ………..
    En todos los casos debe consignarse la dirección, teléfono, número de documento y un resumen de la denuncia firmado por el/los denunciantes (a excepción del e-mail). Cuando sea posible, anexar fotocopias que documenten la denuncia.
  • la denuncia deberá ratificarse personalmente, sin embargo, cuando la urgencia del caso lo justifique, el Defensor dispondrá las medidas que estime pertinentes.

  • No se acepta la participación de gestores o intermediarios.

 

  • Persona física: copia del DNI
  • Los representantes o apoderados acreditarán su personería desde la primera intervención que hagan, con el instrumento público correspondiente
  • Toda documentación que se encuentre en su poder que se relacione con el reclamo/denuncia. Original y copia
  • Los documentos que se acompañen a los escritos podrán presentarse en original, copia certificada, o copia simple que certificará el funcionario actuante teniendo a la vista los originales, haciéndoles saber que deberán ser presentados cuando se los requiera.
  • En la primera presentación deberá constituirse un domicilio dentro del Partido. El domicilio constituido podrá ser el mismo que el real, sin embargo las notificaciones se realizarán en el primero.
  • Podrá constituir también voluntariamente una dirección de correo electrónico, donde serán válidas las notificaciones que allí se realicen previo acuerdo para ello.
  • Consignará asimismo número telefónico, al cual podrán practicarse diligencias como citaciones, peticiones, notificaciones etc. a fin de agilizar el trámite, sin perjuicio de que pueda corresponder notificación al domicilio o al mail.